En el ámbito del Recoser Argentina Brasil Paraguay y Uruguay, se encuentran vigente por Resolución 34/2002 del Grupo del Mercado Común aprobada en nuestro país mediante la Resolución AFIP 1419/2203, que establece que los vehículos comunitarios del MERCOSUR de propiedad de las personas físicas residentes o de personas jurídica con sede social en un Estado Partes, debiendo contar el conductor con la siguiente documentacion:
A) Documento Nacional de Identidad valido para circular en el MERCOSUR.
B) Licencia para conducir.
C) Documento que lo califica como turista emitido por la autoridad migratoria.
D) Autorización para conducir el vehículo en los casos exigidos en esta norma.
E) Titulo u otro documento oficial que acredite la propiedad del vehículo.
F) Comprobante de seguro vigente.
Asimismo, se refiere a la circulacion del vehículo de alquiler, supuesto en el cual la documentacion mencionada en los incisos D E F precedentes sera reemplazada por la Autorización para la Circulacion en el Mercosur.
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